Tramitar la Libreta Militar Colombiana

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El servicio militar en Colombia es obligatorio para todos los hombres mayores de edad, por lo tanto se debe definir esta situación inmediatamente al cumplir los 18 años, así lo estipula la ley 48 de 1993.

La libreta militar es el documento que certifica que la persona ya resolvió su situación militar y es exigida por entidades públicas o privadas para una vinculación laboral; en las instituciones de educación superior ya no se debe exigir la libreta militar como requisito de grado de acuerdo a la ley 1738 del 18 de diciembre del 2014 (Leer más: Libreta militar no será requisito para poder graduarse de la universidad).

Libreta militar para remisos

El 27 de Junio de 2019 fue aprobada la ley de amnistia para los diferentes ciudadanos que esten en estado de remisos (Pendientes por definir su situación militar), dicha ley beneficiara a más de 600.000 jovenes y adultos sin libreta militar.

Bajo esta ley, los remisos deberán pagar unicamente el 15% de la libreta militar ($ 124.700). Se debe resaltar que esta ley tendra una vigencia de 18 meses, por lo cual estará disponible hasta el 26 de diciembre del año 2020.

Requisitos obligatorios

  • Tener más de 24 años y estar en estado de remiso (Si el ciudadano desea consultar su situación militar puede hacer clic aquí)
  • Ser hijo único, tener hijos o tener vida conyugal activa
  • Ser huérfano de padre o madre, que este obligado a mantener con su trabajo a sus hermanos o figura parental.
  • Que cumpla con cualquiera de las causales del artículo 12 de la Ley 1861 2017 (Si desea conocer sobre estas causales puede hacer clic aquí)
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¿Qué papeles debo llevar?

El ciudadano que cumpla los requisitos anteriores debe también presentarse presencialmente al distrito más cercano y presentar:

  • Registro civil de nacimiento
  • 2 fotocopias de la cédula al 150%
  • Fotocopia de la cédula de los parientes (Madre y padre) al 150%
  • Acta de grado y diploma de bachiller
  • 1 foto 3×4 fondo azul grabada en un CD o DVD en formato JPG, dicha imagen no debe pesar más de 1mb
  • Estos documentos deben estar guardados en una carpeta 4 aletas

Si desea conocer más sobre esta ley de amnistia puede ver el siguiente video:

Inscripción en distrito militar

El primer paso para definir la situación militar es realizar la inscripción, ésta se debe hacer en el lapso del año anterior (17 años) en que se cumpla la mayoría de edad. Comúnmente en los colegios se inicia este proceso con los alumnos de último grado para luego ser citados en una fecha específica.

Es importante recalcar que de no realizarse la inscripción como se indicó anteriormente puede hacerlo acreedor de una sanción que será el equivalente al 20% del salario minimo legal vigente y se contará cada año que deje pasar sin realizar este paso, aunque no podrá exceder los 2 SMMLV.

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Proceso de inscripción

Vista previa del formulario de registro
Vista previa del formulario de registro

El proceso de inscripción debe realizarse desde el portal www.libretamilitar.mil.co y al ingresar debe seleccionar en el menú «Regístrese» y rellenar el formulario con los datos que allí le solicitan, al finalizar este paso recibirá un correo electrónico para activar la cuenta.

Una vez la cuenta esté activa debe iniciar sesión en el portal web anteriormente mencionado, luego acceda a la sección «Inscríbase» y diligencie el formulario con su información personal, académica, laboral y familiar. Debe adjuntar también los documentos que le soliciten, sino los tiene en dicho momento puede ir guardando los datos que ya haya escrito. Cuando el sistema detecta que al menos el 60% del formulario esté diligenciado podrá enviar el registro de inscripción.

La información enviada para la inscripción será verificada por el distrito militar asignado el cual enviará luego por correo electrónico los pasos a seguir.

Documentos que debe adjuntar

Los documentos deben ser escaneados y ser totalmente legibles. El peso máximo por cada archivo es de 1 Mb.

  • Fotografía 2.5 *4.5 de frente y con fondo azul claro.
  • Cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad.
  • Cédula de ciudadanía de los padres.
  • Soporte exención de ley (si aplica).
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Tipos de Libreta Militar

Existen dos clases de libreta militar, de primera y de segunda clase. La libreta militar de primera clase la obtienen quienes permanezcan en servicio nueve o más meses, contrario a la libreta militar de segunda clase que es entregada a los ciudadanos exentos del servicio militar por causas que establece la ley.

Tramitar Libreta Militar de segunda clase

  • Siga cada uno de los pasos que se han detallado párrafos arriba sobre el proceso de inscripción en el sitio web desarrollado por el Ejército Nacional de Colombia para tramitar la libreta militar.
  • Prepare los documentos necesarios para formalizar su inscripción, los cuales son:
    • Registro civil de nacimiento: Una copia y el original escaneado.
    • Cédula de ciudadanía: Una copia y el original escaneado al 150%. Si es un menor de edad, se usará la tarjeta de identidad.
    • Dos fotografías de tamaño 2.5 x 4.5, de frente y con el fondo azul.
  • Tener en cuenta en este punto dos situaciones:
    • Si la persona que va a definir su situación militar es menor de 25 años, se debe anexar:
      • Una fotocopia de su cédula de ciudadanía y el original escaneado, de los padres de esa persona que busca definir su situación.
    • Si la persona es bachiller habrá que anexar:
      • Una fotocopia del diploma de grado y el original escaneado.
      • Una fotocopia del acta de grado y su original escaneado.
    • Recuerde anexar cada uno de los documentos mencionados hasta el momento que corresponden con su caso particular, en formato pdf al sitio web establecido para el trámite de la libreta militar.
    • Espere por su primera citación al examen. En este punto la entidad va a encargarse de verificar que la persona que solicita el procedimiento cumpla con los requisitos. Verifique su correo electrónico para conocer la fecha, hora y lugar de presentación.
    • Asista a la citación planteada en el distrito militar correspondiente. No se olvide de llevar toda la documentación que forma parte de los requisitos para los trámites.
      • Si corresponde con su caso, lleve con usted los documentos de historia clínica y/o exenciones. Con esta información será posible clasificarlo y tomar decisiones sobre su incorporación o no.
    • En caso que la persona no esté de acuerdo con lo determinando en su primer examen, es posible que solicite un segundo para validar el primero.
      • Aplicarán las mismas condiciones anteriores, así que espere por un lugar, fecha y hora para asistir al distrito militar.
    • Si usted aplica para alguna exención para prestar el servicio militar, le sugerimos que visite el anterior enlace. No se olvide de portar consigo los documentos respectivos. Tenga en cuenta que la ley ampara los siguientes casos:
      • Personas amparadas por la ley de víctimas.
      • Para quienes sean cabeza de familia.
      • Si es huérfano de padre o madre y con su trabajo atiende la subsistencia de sus hermanos menores de edad.
      • Si la persona ya se ha casado.
      • En caso que se tenga un hermano muerto o que adquirió una discapacidad absoluta y permanente al estar en combate al prestar servicio.
      • Si es hijo de un oficial, suboficial, agente y civiles que pertenecieron a la fuerza pública pero que fallecieron o adquirieron una discapacidad absoluta y permanente al estar en servicio.
      • Si es hijo único.
      • Cuando los padres están incapacitados o son mayores de 60 años.
      • Si se comprueba la calidad o condición de indígena.
      • Para los clérigos o religiosos de acuerdo con los convenios vigentes.
      • Si la persona fue condenada a penas en las que perdieron sus derechos políticos.
      • Si en el tercer examen médico se anotó que no es apto.
      • Para personas con discapacidad relativa y permanente.
      • Los trabajadores independientes.
      • Si la persona que va a definir su situación declara renta.
      • Cuando la persona ya está vinculada laboralmente con una empresa o una entidad.
      • Si la persona dentro de su núcleo familia o la persona de la que depende económicamente y es menor de 5 años, tiene una hipoteca.
      • Cuando los padres de esa persona, que debe ser menor de 25 años, son separados.
    • Anexar la documentación que se solicita para la liquidación de la libreta militar.
    • Esperar por la citación a través de la cual se ejecuta la liquidación del pago correspondiente.
    • Reclamar el recibo de pago por la liquidación.
    • Finalmente pagar por los derechos de este trámite.
      • La cuota de compensación militar.
      • La expedición de la tarjeta de reservista que en este caso es de segunda clase. Su valor aproximado es de 103,418.25 Pesos, pero puede variar de acuerdo con las modificaciones del SMMLV.
      • El pago se hace en el Banco de Occidente.
  • Muchísima paciencia. Si es afortunado y paciente tendrá su libreta militar de segunda clase.

Tramitar Libreta Militar de primera clase

  • Luego de haber presentado los anteriores documentos, se presenta un examen médico, es posible que se haga este examen dos veces para quienes reclamen alguna inhabilidad no encontrada en el primer examen.
  • En caso de ser apto seguir el proceso para prestar el servicio militar.
    * En caso de no serlo se entregará una liquidación que deberá ser pagada
  • Prestar el servicio militar por nueve o más meses ya sea en el ejercito, armada, policía o INPEC.

Consultar el Estado de su Situación Militar

Se creó un sitio web llamado libretamilitar.mil.co en donde se puede consultar de forma gratuita cuál es su situación militar actual. Para hacer esta consulta acceda al enlace de arriba, escriba su número de identificación y podrá ver algo así:

Consultar situación libreta militar
Si su situación está definida podrá descargar un certificado de definición de libreta militar sin ningún costo.

Calcular valor de la Libreta Militar

Libreta Militar

Para calcular el valor de la libreta militar o conocido como compensación militar deben tenerse presentes los siguientes parámetros:

  • 1% del patrimonio familiar.
  • 60% del total de los ingresos mensuales.
  • El resultado de la suma de los dos parámetros anteriores deben ser dividido por el número de hermanos menores que se encuentren estudiando (max. 2).
  • 15% del salario mínimo por concepto de elaboración del documento.
  • 20% del salario mínimo en caso de tener multa por no estar inscrito.
  • 2 salarios mínimos por cada año como multa en caso de estar remiso.

Información general

ExentosAplazamientoEn el exteriorRemisos

Exentos
Casados o que hagan vida marital, miembros de comunidades religiosas (dedicados permanentemente a su culto), indígenas, desmovilizados, hijos únicos, mayores de veintiocho años, limitados físicos y sensoriales permanentes, desplazados. Como se mencionó, se sugiere consultar el siguiente enlace para facilitar la comprensión de este tipo de casos que son exentos de prestar el servicio militar.

Quiénes no deben pagar la libreta militar

Ciudadanos dentro del puntaje del Sisben establecido, personas con limitaciones físicas, psíquicas o neurosensoriales permanentes, indígenas que conserven su identidad cultural y residan en su territorio, soldados descuartelados.

Aplazamiento

Si usted no se encuentra dentro de los parámetros para ser exento pero se encuentra en alguna de las siguientes situaciones podrá aplazar su reclutamiento:

  • Estudiantes universitarios, se aplazará la definición de la situación militar hasta terminar los estudios de pre-grado.
  • Ser hermano de quien esté prestando el servicio militar obligatorio.
  • Encontrarse detenido por las autoridades civiles.
  • Resultar inhábil temporal, quedará pendiente de un nuevo reconocimiento para otra fecha. Si subsistiere la inhabilidad, podrá pagar la compensación militar.
  • Haber sido aceptado o estar cursando estudios de carrera sacerdotal o de la vida religiosa.
  • Aspirante a ingresar escuelas de formación de Oficiales, Suboficiales y Agentes.
  • Inscrito que esté cursando el último año de bachiller y que no obtuviere el título pérdida del año.
Ciudadanos Colombianos en el exterior

Si este es su caso y está entre los 18 y 28 años de edad, deberá definir su situación militar ante el cónsul de Colombia en el país que se encuentre, presentando una solicitud de Tarjeta Provisional.

¿Qué es estar remiso?
Si no se presenta a tiempo o cuando es citado a establecer su situación militar su estado cambiará a remiso, teniendo prioridad para ser reclutado, además de multas de acuerdo al tiempo que lleve como remiso. Puede arreglar este estado asistiendo a una junta de remisos.

Encuentre más información en el sitio web del Ejercito Nacional de Colombia.

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💬 Comentarios

865 comentarios en «Tramitar la Libreta Militar Colombiana»

  1. Hola, Yo tengo una duda.
    cuando ya he pagado el valor de la libreta ¿Que debo hacer? ¿dirigirme a el distrito militar y llevar la colilla de pago o debo llevar algo mas?

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  2. Hola. Buenos dias. He leido mucha informacion para tener claro el tema pero tengo una pregunta. Yo viaje a los 17 años a la argentina y volvi ahora que tengo 22. Tenia mi libreta militar provisional para menores de edad. Aparezco remiso desde el 2009 que cumpli la mayoria de edad. Quiero solucionar mi situacion militar pero sin prestar el servicio. soy hijo unico y tengo puntaje de 21. que puedo hacer o que tengo que llevar para que me eximan del pago de la multa? que documentos llevo para demostrar que estuve fuera del pais todo ese tiempo? Gracias por su respuesta

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  3. hola, buenas tardes, mi marido tiene 23 años, no se ha presentado aun, tenemos un bebe de un año, ademas es el unico varon de 7 mujeres que son sus hermanas, ¿que puede hacer él si necesita la libreta militar, pero no se ha presetnado aun para no dejarme sola a mi y a nuestro bebe sabiendo que dependemos economicamente de él, que se puede hacer?

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    • el ya esta excento, pero de todas formas debe presentarse, presentar registro civil de su hijo y le cobran muy poco, que se inscriba de todas formas

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  4. hola buenas quisiera saber si mi hijo que ya casi cumple los 18 y es hijo unico de parte mia , porque soy separada , ya que por el lado de su padre tiene dos hermanos mas menores, tambien tiene que pagar servicio militar obligatorio , ademas quisiera saber para cancelar la libreta creo que tambien depende del sisben pero el sisben de quien el que va a prestar el servicio en este caso mi hijo o es el mio o el del padre ? que debo hacer gracias

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  5. hola , buenas tardes ,no hay otra forma de registrarme, llevo toda semana haciéndolo y no me deja registrarme en la pagina, reviso el coreo para activar la cuenta y no me envían el coreo.
    si abra otra forma de registrarme.??

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  6. TENGO UNA INQUIETUD, la página de libreta militar en la sección de inscríbase, retoma de nuevo la pagina de inicio y por ende no me puedo inscribir… espero ayuda porfavor de lo contrario quedaré como remiso.

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  7. hola muy buenas tardes mi pregunta es como hago para solucionar mi vida militar yo ya cumpli los 18 años el 5 de junio de 2016 y todavia no he sacado la cedula estoy en la registraduria de bosa en bogota el 10 de junio de 2016 a las 8 y media de la mañana queria saber como hago para poder solucionar militar sabiendo que estoy estudiando en la universidad

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  8. Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente: Actualmente tengo 20 años, estaba remiso desde Octubre del 2013, pero el 19 de Enero del 2016 me levantaron la situación de remiso pero con multa. ¿Como se hace el cálculo de la multa?, yo sé que son 2 salarios minimos por año, pero en mi caso estuve remiso 26 meses (2 años y dos meses), ¿cuanto sería el monto en ese caso?. Espero haberme hecho entender, muchas gracias.

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  9. Buenas tardes, Hoy me presente al batallón a definir mi situación militar llevo conmigo los certificados de estudio donde dice que estoy matriculado en 5 semestre ya mi libreta provisional venció por que así lo exigió el capitán para poder tramitar mi libreta definitiva, ya me dicen que ese documento no me sirve por que la fecha cuando lo firmaron tiene 2 meses de antigüedad hasta el mes de julio, ahora me dicen que primero debo ser tecnologo para otorgarme mi situación militar definida, donde no hay garantía de que no preste servicio puesto que tengo 20 años y terminaría mis estudios en diciembre si Dios me lo permite, que debo hacer tengo planeado salir del país.
    Ademas igual me citaron y me dicen que probablemente pague servicio por que necesitan una constancia de que yo si pague el semestre, como si el certificado que lleve no me sirviera !

    Espero que me ayuden gracias

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  10. buenas noches, tengo que presentarme para solucionar mi situacion militar en una semana, pero no quiero prestarlo, perjudica mi tiempo de estudios y planes que tengo, no tengo limitaciones de ningun tipo, pero no estoy de acuerdo con las armas ni nada de ese tipo, que puedo hacer para no prestar el servicio militar ? gracias !

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  11. Yo Preste servicio militar y me devolvieron antes de jurar bandera pasando los 3 meses y pi quito me disloque un hombro de salida me dieron un papel eso solo era como el trato que dieron aya y se me perdió como hago yo para volver ha recuperar eso o algo que conste que yo estuve ese tiempo aya ?

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  12. Buenas noches, mi pregunta es: mi tarjeta provisional se me vence y debo presentarme al distrito. Ese dia que papeles debo llevar? Ya que nunca me indicaron que debia presentar documentos

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  13. Hola, buenas
    ¿Dónde presento mi certificado de estudio universitario para continuar con el proceso con la libreta militar de segunda clase? y ¿dónde presento los demás documentos necesarios para dicha libreta?

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  14. Buen dia, desde hace seis meses mi hijo a subido los documentos solo falta la cedula del padre porque el sistema nunca la guarda, les he escrito para saber que hacer y notificar lo que sucede y no me responden, mi hijo cumple 18 años esta semana y quedaria como remiso? que hacer? el ya esta matriculado en la universidad.

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  15. Buenas, mi pregunta es, hace poco cumplí la mayoría de edad y cuando estaba en undécimo me citaron no me acuerdo para cuando , donde puedo saber para cuando estoy citado?

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  16. Hola, mi pregunta es la siguiente: cuando estaba cursando 11 y allí nos citaron para hacernos la inscricion y quede citado para el día que cumplí los 18 y ahora me dicen que tengo que registra me a la pagina… ¿tengo que volver a inscribirme así ya me aya inscrito en el bachiller?

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  17. Buenos Días
    Tengo una inquietud, es estos momentos mi novio esta prestando el servicio militar, pero lo esta prestando en un batallón donde casi todos los vinculados son REGULARES pero mi novio es BACHILLER y obvio se que el como BACHILLER no debe pagar el mismo tiempo que el de los REGULARES, mi pregunta es:
    ¿que procedimiento hay que hacer o que requisitos se necesita para presentar toda la papelería de el como BACHILLER, y donde se debe presentar toda esta papelería y al cuanto tiempo se debe presentar?

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  18. buen dia, yo estudio en el incap.
    quiero saber si me me hace pasar por estudiante?
    de igual manera, estoy haciendo mi contrato de aprendizaje por parte del sena, el cual vence en abril si la empresa no decide que continue con la misma.
    en junio ingreso a la universidad como tal
    puedo comprar la libreta militar de segunda categoria?

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