El Certificado Catastral es también conocido como Certificación de Registro de Inmuebles en el Censo Catastral; éste certificado establece y plasma en un papel la relación existente entre una persona, natural o jurídica, y los bienes inmuebles que aquella posee dentro de la ciudad de Bogotá Distrito Capital.
Para otros municipios visite Certificado Catastral Nacional.
Los inmuebles radicados en dicha ciudad estarán asentados en el Sistema Integrado de Información Catastral SIIC.
El certificado será útil para ser presentado en distintas entidades de acuerdo al trámite que se planee efectuar, entre ellas pueden mencionarse:
- Cajas de Compensación: para comprobar que no posee a su nombre propiedad alguna, con la intención de acceder así a un subsidio o a mejoras de vivienda.
- Ejército Nacional: es necesaria para la liquidación de la libreta militar.
- Entes de Control: será de utilidad para buscar personas.
- Colegios y Universidades Públicas: es apta para liquidar matrículas.
¿Dónde tramitar el Certificado Catastral?
Será necesario para acceder al Certificado Catastral de Registro de Inmuebles acudir con el documento de identidad a alguno de éstos puntos de atención:
- SuperCADE Américas.
- SuperCADE Bosa.
- SuperCADE CAD.
- SuperCADE Suba.
- SuperCADE 20 de Julio.
- CADE Servitá.
Allí radicar la solicitud con la documentación requerida a fin de obtener de dicho modo la inscripción en el censo catastral.
Descargar el certificado por Internet
Por internet puede hacerlo ingresando en catastro bogota.
Solo deberá registrarse ingresando sus datos y luego ingresar y hacer clic en descargar certificado.
Al igual que muchos otros trámites éste certificado puede obtenerse sin inconveniente alguno de manera totalmente gratuita.
Cualquiera que sea el medio por el cual realice el trámite, los datos que debe proporcionar son:
- Nombre e identificación de la persona interesada en realizar el proceso.
- El interés que presenta.
- La finalidad de la petición.
- Los hechos que lo llevan a ralizarla.
- Los datos de contacto, dirección y teléfono.
Una vez realizado el trámite correspondiente, y siempre que se haya cumplido con los requisitos pertinentes, en un plazo estipulado de treinta días el propietario o poseedor del inmueble obtendrá el certificado de inscripción en el censo catastral.