La Retención en la Fuente de Renta se conoce normalmente como un impuesto, pero en realidad no lo es, se trata de un cobro por anticipado que se hace de un impuesto, el cual puede ser por concepto de renta, IVA o de industria y comercio.
características de la retención en la fuente
En cuanto a las características de la retención en la fuente hay que destacar que en este caso se tiene en cuenta al sujeto pasivo, o sea la persona a la que se le debe retener, el agente de retención que es quien se encuentra encargado de llevar a cabo la retención, el concepto de retención que corresponde al hecho económico que se realiza o con el que se cumple y que por tanto está sometido a la retención, la tarifa que es la proporción que se aplica en la retención y la base de retención que tiene que ver con el valor o monto que está sujeto a la retención.
En ese orden de ideas la retención en la fuente va a ser diferente para cada impuesto, motivo por el que se debe ser claro con lo que se busca calcular y cancelar, en este caso la retención en la fuente de renta.
Teniendo en cuenta que aquí se habla de la renta bien vale la pena aclarar que en una buena cantidad de ocasiones se suele aplicar de manera generalizada el impuesto de la renta, lo cual es una práctica equivocada, debido a que cada impuesto lleva sus propias especificaciones y en el caso del impuesto en la renta el concepto adecuado es retención en la fuente de renta o retefuente, tal como lo hemos venido mencionando hasta este punto.
Lectura recomendada: Retención en la fuente en 2020.
¿Quiénes deben pagar la retención en la fuente de renta?
La reciente reforma tributaria ha traído consigo un sinfín de modificaciones en los pagos que realizan los trabajadores, en ese sentido aún pueden darse ciertas confusiones o problemas en la identificación de las personas que están sujetas al cumplimiento de este pago.
Es importante empezar por definir que mediante el Decreto No. 99 se estableció una tabla de la retención en la fuente que rige a los empleados declarantes desde el primero de abril del 2013, así que los meses anteriores no se encuentran vinculados a estos cambios.
¿Cómo saberlo?
Tenga en cuenta que un UVT es el equivalente a $35.607 En ese orden de ideas debe fijarse en la tabla de retención a la fuente dispuesta por el Estado año a año para identificar cuál es la cantidad de UVT desde la que se considera que debe hacerse cargo del pago de la retención.
Arturo Quiroga
Contador público de la Universidad Cooperativa de Colombia. Especialista en gerencia y administración financiera; magíster en dirección y gestión tributaria. Con más de 10 años de experiencia trabajando como asesor en áreas administrativas, contables y tributarias.