Todo lo que debe saber sobre las ARL

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Las Aseguradoras de Riesgos Laborales (ARL), tienen como objetivo principal prevenir y cubrir los daños causados por accidentes en el trabajo o enfermedades que se generan por situaciones laborales, anteriormente se conocían como aseguradoras de riesgos profesionales (ARP), pero esta denominación excluía a muchas personas que debían afiliarse pero no eran profesionales.

Lectura recomendada: Cómo afiliarse a la ARL Sura.

¿Quiénes están obligados a afiliarse a una ARL?

La ARL hace parte de la seguridad social en Colombia, es decir que se incluye con la salud y la pensión, por regla general todos los empleados o personas que se encuentren laborando, deben afiliarse a la ARL, una vez el empleado y la empresa se encuentran vinculados a una ARL, estos tendrán derecho a:

  • Recibir asesoramiento para la prevención de accidentes y enfermedades laborales.
  • Recibir la atención médica adecuada en el caso de sufrir un accidente o enfermedad en la ejecución de sus labores.
  • Recibir el dinero por concepto de incapacidad cuando haya lugar.

ARL

¿Quién debe pagar el aporte a la ARL?

En el caso de los trabajadores dependientes el empleador es quien debe pagar en su totalidad el aporte. Cuando se trata de trabajadores independientes con contrato por prestación de servicios que desarrollen actividades de tipo 1 a 3 le corresponde al contratista y para los que desarrollen actividades de rango 4 o 5 el contratante será quien pague el aporte.

Muchas veces se ven empresarios que pagan millonarias indemnizaciones por no realizar este aporte que realmente es muy útil y a su vez es de los más económicos, puesto que no supera los $20.000 por persona. Es un gasto relativamente mínimo que le puede ahorrar millones.

Alternativa: Afiliarse a Positiva ARL

¿Cómo vincular una empresa a una ARL?

Para inscribir su empresa solo necesita ponerse en contacto con la entidad que más le llame la atención y éstos le solicitarán algunos documentos, dependiendo de la empresa a la cual se le solicite el servicio podrían ser: Cámara de comercio, RUT, fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal, entre otros.

La afiliación de los empleados se debe realizar un día de que inicien labores, puesto que la cobertura de afiliciación inicia al día siguientes, lo que quiere decir que si al empleado le sucede algo mismo día de la afiliación la ARL no responderá.

Para el pago y afiliación de sus empleados deberá tener en cuenta las tarifas vigentes dispuestas en la ley 1562 del 2012:

Tipo Tarifa Actividades
I 0.522% Financieras, Trabajos de Oficina, Administrativos; centros Educativos, Restaurantes
II 1.044% Algunos procesos manufactureros como la fabricación de tapetes, tejidos, confecciones y flores artificiales Almacenes por Departamentos, Algunas labores Agrícolas
III 2.436% Algunos procesos manufactureros como la fabricación de agujas, alcoholes Artículos de cuero
IV 4.35% Procesos manufactureros como fabricación de aceites, cervezas, vidrios, procesos de galvanización; transporte, servicios de vigilancia privada
V 6.96% Areneras, manejo de asbesto, Bomberos, manejo de explosivos, construcción, Explotación petrolera

¿Qué pasa con los trabajadores que se accidentan y no están afiliados a ARL?

De ser así se pueden incurrir en sanciones, el cierre definitivo del establecimiento, prohibición inmediata de trabajos específicos. Por otra parte el empleador tendrá que cubrir todos los gastos médicos y quirúrgicos, si el empleado queda discapacitado el empleador deberá pensionarlo de por vida.

Además de tener afiliados a sus empleados, en caso de presentarse una calamidad laboral, como empleador está en el deber de reportar el incidente durante los dos siguientes días hábiles.

Si el empleador no se encuentra en el momento del incidente la IPS que le brinde la atención médica podrá recibir la notificación por parte de un compañero de trabajo o familiar del afectado, se deberán diligenciar los formatos brindados por las entidades prestadoras del servicio llamados FURAT (formato único para reporte de accidente de trabajo del empleador o contratante) o FUREP (Formato Único para Reporte de enfermedad laboral del empleador o contratante).

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