Libreta militar de los Colombianos que retornan al país

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La libreta militar de los colombianos que retornan al país es un tipo de trámite que se realiza a través de la intermediación de la oficina de la Cancillería, de acuerdo con lo estipulado desde la Dirección de Reclutamiento y Control Reservas y la ley que se ha expedido para el control y entrega de las tarjetas militares provisionales.

¿Para que sirve la tarjeta militar provisional en este caso?

Como se trata de un trámite en el que se busca resolver la situación militar de los colombianos que retornan al país, la expedición de la tarjeta militar provisional consiste en dar entrega de un documento que será válido por un periodo de dos años, plazo estipulado para que la persona vuelva a Colombia y resuelva su situación militar.

Libreta militar de los Colombianos que retornan al país

En otras palabras, la tarjeta militar provisional hará las veces de un documento público con el que se comprueba que la definición de la situación militar ha ido aplazada. Ahora bien, en cuanto el documento se venza, la situación militar se resolverá solamente en Colombia.

Para ello, el joven debe presentarse en el Distrito Militar que le sea asignado de acuerdo al sitio de residencia en el país, para que desde este lugar pueda definir su situación y poder obtener la libreta militar definitiva.

En cuanto a requisitos para la obtención de la tarjeta militar provisional para el joven que se encuentra en el exterior y que posteriormente retornará a Colombia, consiste en que se encuentre estudiando en el país de residencia.

Lectura recomendada: Cómo obtener la libreta militar provisional.

Leyes y artículos constitucionales a tener en cuenta para definir la libreta militar de quienes retornan del exterior

Ley 48 de 1993 CAPÍTULO III:

  • Los varones colombianos que residan en el exterior deben definir su situación militar de acuerdo a lo dispuesto con esta Ley, a través de las autoridades consulares que le correspondan.
  • Los colombianos adoptados y son residentes en otro país, deben definir su situación según eta Ley, a menos que ya lo hayan hecho en su país de origen.
  • Los colombianos con doble nacionalidad deben hacerlo conforme a esta Ley. Sólo se van a exceptuar a los jóvenes que por nacimiento puedan comprobar que ya prestaron servicio militar en alguno de los Estados que Colombia haya celebrado un convenio al respecto, es decir: Francia, Alemania y Suiza.

Ley 1565 del 31 de julio de 2012

  • Desde el Gobierno Nacional y a través de la Dirección de Reclutamiento y Control de Reservas del Ejército Nacional, se está incentivando a definir la libreta militar de los colombianos que retornan al país, concediendo la posibilidad de que no se dé lugar a ningún cobro por las sanciones y multas si el varón es mayor de 25 años.
  • Quienes tengan entre 18 a 25 años (no cumplidos) el costo para la definición de la situación militar requerirá de un pago previo del 50% de 1 SMLMV si el joven pertenece al SISBÉN en las categorías 1, 2 y 3; en caso que no se encuentre en esas categorías, el pago será de 1 SMLMV.

También le puede interesar: ¿Quién esta exento del servicio militar?

Pasos para definir la libreta militar de los colombianos que retornan al país

Registro en la página

En primera instancia debe acceder al sitio web www.libretamilitar.mil.co y registrarse. Una vez termine con el paso anterior, suba los siguientes documentos a la plataforma:

  • Cédula de ciudadanía.
  • Pasaporte.
  • Visa.
  • Certificado de estudios en el exterior.
  • Registro civil de nacimiento.
  • Fotocopias documentos de identidad de los padres.
  • Certificación del consulado validando dirección de residencia y que actualmente se encuentra estudiando.
  • Foto de fondo azul con corbata.
  • Pago por el valor de 115 dólares. En este caso la consignación debe ser por la suma de 115 dólares libres de cualquier tipo de descuento.

Para el pago de la consignación aquí está la información de ejemplo:

BANCO INTERMEDIARIO

  • Nombre : Citibank
  • Ciudad y país : New York – USA
  • Código ABA : 021000089
  • Código SWIFT :CITIUS33

CLIENTE BENEFICIARIO:

  • Nombre: Tesorería Dirección de Reclutamiento y Control Reservas.
  • Cuenta: 200120715
  • Sucursal: Banco de Occidente
  • Ciudad y país: Bogotá, D.C. Colombia
  • Dirección: Avenida Caracas N 9 – 51
  • Teléfono: 3362211 (Oficina de Atención al Usuario/consulados)

En cuanto termine con estos pasos, debe esperar a que sea notificado por el Consulado y que la Oficina de Consulados cumpla con:

  • Validación de ciudadanos: Se constata los datos enviados para ser aprobados, rechazados o para solicitar que se haga alguna modificación.
  • Comprobación de la consignación: El Banco de Occidente se encargará de confirmar la planilla que constata la consignación.
  • Elaboración de la tarjeta militar provisional: La Oficina de Consulados asumirá esta tarea en cuanto los anteriores se hayan validado.
  • Entrega de la tarjeta militar provisional: La Cancillería se hará responsable de que los documentos lleguen a los consulados de los países en los que estén residiendo los ciudadanos.

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